La factura electrónica en Uruguay es conocida como Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) y está regulada por la Dirección General Impositiva (DGI). Esta es obligatoria tanto en emisión como en recepción para todos los contribuyentes.
La DGI estableció un cronograma para determinar qué sujetos obligados debían comenzar a emitir facturas electrónicas, el cual comenzó su implementación en 2016 y fue extendiendo su uso a diferentes grupos de empresas hasta el 2024, con el objetivo de que todos los contribuyentes del IVA, incluso quienes tributen IVA mínimo, inscriptos o quienes reinicien actividades sean emisores electrónicos antes del 1º de enero de 2025.
Desarrollo de la factura electrónica en Uruguay
La factura electrónica en Uruguay está siendo impulsada por la Dirección General Impositiva (DGI), la autoridad responsable de recaudar y fiscalizar los impuestos internos del país.
En 2012, la DGI implementó el régimen de facturación electrónica, comenzando con los grandes contribuyentes y expandiéndose gradualmente. La Resolución D.G.I. N.º 3.012/2015 amplió la obligatoriedad, con el objetivo de que para 2019 el 90% de los contribuyentes operara electrónicamente.
Entendiendo la facturación electrónica
La facturación electrónica es el régimen decretado por la Dirección General Impositiva (DGI). Se permite y exige a las pequeñas y grandes empresas emitir de forma electrónica los documentos que tradicionalmente se presentan de forma física o en papel, y los cuales soportan las ventas o transacciones comerciales de un negocio o entidad.
Así, por cada operación realizada se emitirá un Comprobante Fiscal Electrónico (CFE) que tendrá la misma validez legal y tributaria que tienen los documentos expedidos en papel.
De este modo, se genera el intercambio de documentación entre los emisores, los receptores (cliente) y el DGI (encargada de validar el documento).
Tipos de facturas electrónicas
Los tipos de facturas electrónicas que existen son los siguientes:
eFactura
Utilizado para ventas a otras empresas con RUT (Registro Único Tributario).
eTicket
Emitido a Consumidores Finales, personas físicas sin RUT, y opcional en exportaciones de servicios.
eFactura de Exportación
Para la exportación de mercaderías o servicios.
eRemitos
Documenta el movimiento físico de mercaderías.
eResguardo
Emitido para respaldar percepciones y retenciones de impuestos realizadas por sujetos responsables de ello.
Notas Correctivas – Nota de Crédito y Débito
Estos son los principales tipos de facturas electrónicas utilizados en Uruguay según la normativa vigente.
Requisitos para el funcionamiento de la factura electrónica
Para cumplir debidamente con la norma para facturación electrónica es necesario:
- Conocer la normatividad completa y sus requerimientos.
- Ser contribuyente pasivo de algunos de los impuestos regulados por el DGI.
- Tener un proveedor tecnológico para la emisión de los comprobantes fiscales electrónicos.
- Los emisores deben contar con certificado digital y firma electrónica para poder expedir documentos electrónicos.
- El contribuyente debe manejar diferentes autorizaciones de emisión para numerar sus facturas electrónicas y poder luego declararlas ante la DGI, una vez la entidad las haya autorizado.
- La factura debe estar estructurada bajo formato XML según construcción ordenada.
- La facturación electrónica debe ser guardada durante 5 años tanto por el emisor como por el receptor de la misma.
¿Qué formato deben tener los Comprobantes Fiscales Electrónicos?
Para los CFE se definió un formato único basado en el estándar XML, con zonas y atributos obligatorios, opcionales o condicionales dependiendo del tipo de CFE.
La información considerada en la definición de los formatos es aquella específica de la transacción y que es necesaria para emisor y receptor.
Si hay otra información que el emisor o receptor requiere y que no está incluida en el formato definido por DGI, puede incluirse en la Zona Adenda, misma que no es enviada a la DGI.
¿Cómo funcionan los comprobantes fiscales electrónicos?
Los contribuyentes emiten FE a través del portal web de la DGI o mediante un proveedor de servicios de facturación electrónica.
Estos documentos se firman digitalmente con un Certificado Digital y se envían al receptor por correo electrónico o a través de un portal web.
¿Cuándo debe enviarse una factura electrónica a la Dirección General Impositiva?
El emisor, previo al envío del comprobante al receptor electrónico, al transporte de las mercaderías, o a la entrega de su representación impresa al receptor no electrónico, deberá enviar cada uno de los comprobantes emitidos.
En el caso de la e-Factura de exportación y sus notas de corrección y el e-Remito de exportación, el emisor deberá enviar cada uno de los referidos CFE en forma previa al transporte de mercadería, a la entrega de la representación impresa o al envío a la Dirección Nacional de Aduanas.
Beneficios de los comprobantes fiscales electrónicos
- Mayor seguridad: Reduce el riesgo de falsificaciones y fraudes.
- Agilidad: Simplifica el proceso de emisión y recepción de facturas.
- Transparencia: Facilita el control fiscal por parte de la DGI.
- Ahorro: Reduce los costos de impresión, almacenamiento y envío de facturas.
- Mejora la imagen del negocio: Demuestra un compromiso con la modernización y la responsabilidad ambiental.
¿En qué casos es obligatoria la factura electrónica?
La emisión de FE es obligatoria para todos los contribuyentes que se encuentren registrados en el IVA en Uruguay. La DGI establece un umbral de ingresos a partir del cual se debe facturar electrónicamente.
¿Cómo habilitar la facturación electrónica?
Para habilitar la factura electrónica, se deben seguir los siguientes pasos:
- Obtener un Certificado Digital en la Dirección General Impositiva (DGI).
- Solicitar la autorización para emitir una factura electrónica en la Dirección General Impositiva.
- Contratar un proveedor de servicios de facturación electrónica (opcional).
- Configurar el sistema de facturación electrónica.
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